Durante octubre toca revisar las operaciones del tercer trimestre de 2026. Si eres autónomo o tienes una empresa y presentas el IVA trimestralmente, es momento de reunir la documentación y preparar el modelo 303.
En GCM te ayudamos a comprobar qué falta, revisar los gastos e identificar las obligaciones que te corresponden antes de que termine el plazo.
Resumen rápido
- ¿A quién afecta? Autónomos y empresas que deben presentar el IVA trimestralmente.
- ¿Qué periodo revisamos? Del 1 de julio al 30 de septiembre de 2026.
- Domiciliación del pago: hasta el 15 de octubre de 2026.
- Presentación del modelo 303: hasta el 20 de octubre de 2026.
DOS FECHAS QUE DEBES TENER PRESENTES
El plazo para presentar la declaración y el plazo para domiciliar su pago son diferentes:
Último día para domiciliar el pago
15 de octubre
2026
Último día para presentar el modelo 303
20 de octubre
2026
Si la declaración sale a ingresar y quieres que el pago se cargue en tu cuenta, debes presentarla con domiciliación dentro del plazo que acaba el día 15. Esperar al día 20 puede hacer que esta forma de pago ya no esté disponible.
Estos son los plazos generales del tercer trimestre de 2026. Si declaras el IVA mensualmente o tienes un régimen particular, revisamos el calendario que te corresponde.
¿QUÉ DEBES HACERNOS LLEGAR?
Antes de preparar la declaración, comprueba que tenemos la documentación necesaria:
- Facturas emitidas por las operaciones de julio, agosto y septiembre.
- Facturas recibidas de compras y gastos vinculados a la actividad.
- Abonos y facturas rectificativas, si los hay.
- Operaciones con el extranjero, especialmente compras, importaciones u operaciones intracomunitarias.
- Incidencias o cambios en la actividad que puedan afectar a la declaración.
Si tienes documentos pendientes o no sabes cómo clasificar una factura, háznoslo llegar cuanto antes. Así podemos revisarlo antes de presentar.
HABER PAGADO UN GASTO NO BASTA PARA DEDUCIR SU IVA
Un gasto no se convierte automáticamente en IVA deducible solo porque lo hayas pagado. Entre otros requisitos, hay que comprobar que esté vinculado a una actividad que dé derecho a deducción y disponer de una factura o documento justificativo válido.
Si dudas de una factura, envíanosla. Revisamos su tratamiento antes de incorporarla a la declaración.
EL IVA PUEDE NO SER LA ÚNICA OBLIGACIÓN
Según tu actividad y situación, también te pueden corresponder otros modelos. No todos los negocios deben presentar los mismos:
- 111: retenciones de nóminas o de determinadas facturas profesionales.
- 115: retenciones de alquileres de locales, cuando corresponda.
- 130 o 131: pagos fraccionados del IRPF, según el régimen y la obligación aplicable.
- 349: determinadas operaciones intracomunitarias, con la periodicidad que te corresponda.
Por eso revisamos el conjunto de tu documentación y comprobamos qué presentaciones debes realizar.
EN GCM TE AYUDAMOS A CERRAR EL TRIMESTRE
Revisamos las facturas, detectamos documentación pendiente y comprobamos las obligaciones fiscales que te corresponden. Hacer esta revisión con tiempo nos permite resolver incidencias y preparar las presentaciones dentro de plazo.
Prepara las facturas. Nosotros te ayudamos con el resto.
Contacta con nosotros y te indicamos qué necesitamos para revisar el tercer trimestre de tu negocio.
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971 537 475 / 615 332 824
gestoria@gestoriacladeramoragues.com
Fuentes oficiales
Calendario del contribuyente 2026
Plazos de domiciliación
Requisitos de deducción del IVA
Información revisada el 2 de octubre de 2026.